Entérate del Seguro por fallecimiento de Infonavit y qué debes hacer para tramitarlo.
Una preocupación cuando uno de nuestros familiares fallece es qué ocurrirá con sus créditos y deudas. En el caso del crédito Infonavit, si el titular falleció esto no debe ser una preocupación pues la institución ofrece a los beneficiarios un producto llamado seguro por fallecimiento.
Con el seguro por fallecimiento, los beneficiarios pueden solicitar la liberación del crédito y cancelación de la hipoteca. En otras palabras, no heredarás la deuda. Después del fallecimiento de tu familiar, debes tramitar el seguro con Infonavit. A continuación, te decimos qué pasos debes seguir para realizar el trámite.
Recuerda que además de la cancelación de la hipoteca, los familiares del trabajador también pueden solicitar el pago del Fondo de Ahorro de Infonavit.
Si el trabajador fallecido generó su fondo de ahorro en el periodo de 1972 a 1992, y no lo solicitó, los beneficiarios tienen derecho a solicitar el pago. Para poder realizar el trámite solamente cuentas con cinco años a partir de la fecha en que falleció el trabajador.
Para poder obtener la devolución, primero es necesario que verifiques el tipo de fondo de ahorro que tenía tu familiar. Existen dos tipos: Fondo de Ahorro 1972-1992 y el de Subcuenta de Vivienda 1992 y 1997. Únicamente el primer tipo de fondo aplica para devolución.
Si tu familiar contaba con un Fondo de Ahorro 1972-1992, ingresa al portal de Infonavit, da clic en la pestaña Retiro de mi ahorro > Devolución a beneficiarios y sigue las indicaciones.
En caso de no ser beneficiario legal (cónyuge, descendiente, ascendiente o concubina) y, por lo tanto, no se cuenta con dictamen de pensión del titular finado(a), es indispensable acreditar esa condición mediante resolución de designación de beneficiarios emitida por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
Fuente: El Universal e Infonavit.